La respuesta general es no. Mientras el contrato de alquiler esté vigente, el inquilino tiene el derecho exclusivo al uso de la vivienda y el propietario no puede acceder sin su consentimiento.
Solo existen algunas excepciones: cuando el arrendatario autoriza la entrada, existe una resolución judicial, se produce un delito flagrante o es necesario comprobar una reparación imprescindible prevista en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Incluso en este último caso, el propietario no puede entrar por la fuerza si el inquilino se niega.
Además, cualquier cláusula del contrato que permita al arrendador acceder a la vivienda fuera de estos supuestos carece de validez. Entrar sin permiso puede constituir un delito de allanamiento de morada.
Tampoco el hecho de querer enseñar la vivienda a futuros compradores o inquilinos permite al propietario acceder libremente: siempre será necesario el consentimiento previo del arrendatario.







